Datos económicos, contables y financieros – Noviembre 2024
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Desde ContaNews te mantenemos actualizado. En esta nota resumimos las principales variables económicas, contables y financieras para que tengas en cuenta en el día a día
- IMPORTADORES. El BCRA estableció, a través de la Comunicación A 8118 que, a partir del lunes 21 de octubre, los bienes que todavía tenían plazos de pago de hasta 60 días podrán pagarse a los 30 días desde el registro de ingreso aduanero.De esta manera se unifican los plazos de pago para todos los bienes de la economía, a excepción de los que cuentan con acceso inmediato al MLC como la energía, entre otros. Asimismo, se igualan los plazos de pago para todas las empresas sin importar su tamaño. La finalidad de esta medida, que forma parte de un conjunto de acciones iniciadas el 10 de diciembre de 2023, es normalizar el pago del flujo de importaciones y otorgar mayor previsibilidad a la cadena productiva teniendo el doble efecto positivo: continuar impulsando la reactivación económica y reducir el impacto en precios de los bienes.
- AFIP. Se disuelve la AFIP tal como se conocía y se incorpora ARCA (Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero). El titular seguirá siendo el mismo, y se designarán nuevas autoridades en la DGI y DGA. Se reducirá su personal en un 45%. La medida se oficializó mediante el Decreto 953/2024, se reduce en 45% las autoridades superiores, 31% los niveles inferiores, representando la eliminación de un 34% de la estructura actual y un ahorro anual de 6.400 millones de pesos.
- IVA. En la misma conferencia en la que se comunicó la disolución de la AFIP, se anunció la eliminación de la exención de IVA para los medios periodísticos, que alcanzaría a diarios, revistas y publicaciones periodísticas, así como también a las suscripciones de ediciones periodísticas digitales de información en línea. Es por ello que los sujetos que realicen las actividades referidas pasarán a tributar el IVA sin ninguna ventaja con respecto al resto de los actores económico.
- JUBILACIONES Y PENSIONES. La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), mediante la resolución 979/2024, fijó los nuevos valores de las bases imponibles mínima y máxima a la seguridad social, los haberes jubilatorios y otras prestaciones previsionales que regirán a partir de noviembre de 2024, considerando la variación del Índice de Precios al Consumidor del mes de septiembre de 2024. El haber mínimo garantizado será de $252.798,48 y el máximo haber vigente de $1.701.094,47. En relación a las bases imponibles, la mínima es de 85.142,48 y la máxima de $2.767.090,68. En el mismo orden de ideas, la PBU será de $ 115.643,76 y el PUAM de $ 202.238,78.
- AUTÓNOMOS. Desde el 15/10/2024 se actualizaron los importes a abonar desde el devengado octubre 2024, pagaderos en noviembre de 2024. Los nuevos valores pueden consultarse en el siguiente link. Nuevos valores
- ALQUILERES. El mercado inmobiliario presenta un escenario complejo para los inquilinos, ya que coexisten 3 tipos de contratos. Los viejos que ajustan por ICL, los que ajustan por el índice de casa propia y los nuevos contratos que ajustan según el acuerdo entre partes y, en general, con periodicidad mayor cada 3 o 4 meses. La diferencia existente entre los valores de inicio de los contratos y de los diferentes índices de actualización (ICL, IPC, Casa Propia) hacen que el escenario sea diferente para cada tipo de contratación, más o menos conveniente según el índice de ajuste y la frecuencia de actualización. De esta manera, en el último tiempo se observan muchas rescisiones, ya que las actuales formas de contrato son más convenientes para alguna de las partes, sobre todo para el locatario que si comparamos el ICL vs IPC de los últimos 6 meses hay una diferencia de 40 puntos porcentuales.
- SUMA FIJA ART. A través de la Disposición 10/2024 la Gerencia de Control Prestacional (GCP), estableció en $1026 la suma fija a abonar por cada trabajador con destino al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP) para el devengado de octubre 2024. La nueva suma se abonará a partir de noviembre de 2024.
- IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Se prorrogó el ingreso del primer anticipo previsto para el mes de octubre hacia el mes de noviembre de 2024. Según la terminación de la CUIT vencerán: 0-1-2-3 el 13/11/2024, 4-5-6 el 14/11/2024 y 7-8-9 el 15/11/2024.
- MONOTRIBUTISTAS – OBRAS SOCIALES. Se creó un Registro de agentes de cobertura para pequeños contribuyentes. Los monotributistas podrán elegir su agente de salud siempre que esté inscripto en el nuevo registro. Mediante el decreto 955/2024, se actualizó la reglamentación al derecho a la libre elección y se creó un Registro de Agentes de Seguro de Salud para la cobertura Médico Asistencial de monotributistas. La aplicación de esta medida será exclusivamente para las situaciones y relaciones jurídicas que se configuren con posterioridad a su entrada en vigencia, no modificando, alterando ni afectando los derechos y obligaciones ya consolidados. El derecho a la libre elección se hará efectivo a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud.En dicho Registro se inscribirán las entidades del Sistema Nacional del Seguro de Salud que acepten recibir, como parte integrante de su población beneficiaria, a los Pequeños Contribuyentes adheridos al mencionado régimen, quedando facultadas para distinguir las categorías cuyo ingreso permitan.
El Registro facilitará la fiscalización y asegurará que los Agentes del Seguro de Salud seleccionados brinden una atención adecuada y oportuna. Y con el fin de asegurar una aplicación ordenada de las prestaciones de salud, se especifica que la cobertura correspondiente deberá regirse por la fecha individual de adhesión de cada titular y de cada integrante de su grupo familiar. Deberán mantener una permanencia mínima de 12 meses con el agente elegido antes de poder optar por un cambio, el cual se hará efectivo al mes siguiente de su solicitud. Se regirá por los siguientes principios.
a) Los pequeños contribuyentes podrán elegir cualquiera de los Agentes del Seguro de Salud inscriptos en el Registro. Será de aplicación el procedimiento de opción establecido por el Decreto N° 504/1998.
b) Los Agentes del Seguro de Salud que se encuentren en situación de crisis en los términos del Decreto N° 1400/2001 no podrán ser receptores de pequeños contribuyentes, salvo en los supuestos de unificación de aportes.
c) Los Pequeños Contribuyentes podrán ejercer la opción de cambio de Agente del Seguro de Salud luego de permanecer por un plazo mínimo de DOCE (12) meses en el Agente del Seguro de Salud por el cual hubiesen optado. Vencido dicho plazo, podrán ejercer una nueva opción si así lo quisieran. Este plazo se computará a partir de la fecha en que efectivamente opere la opción y se hará efectivo desde el primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud. - ANSES. Se deroga el Registro de Abogados y Gestores Administrativos para ejercer la representación de los titulares de derechos o sus causahabientes ante la ANSES para tramitar prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino.
- PERSONAL DOMÉSTICO ¿Qué pasó con los aumentos? En una nueva reunión de la Comisión Nacional del Trabajo de Casas Particulares, el Gobierno propuso un incremento del 3% para los meses de septiembre, octubre y noviembre, el cual fue rechazado por los representantes sindicales. Por ello, y hasta tanto no se oficialicen los nuevos aumentos, se mantendrán vigentes las escalas salariales del mes de agosto.
- TASAS BCRA. El Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso reducir la tasa de política monetaria de 40% a 35% de TNA a partir del 01/11/2024. El BCRA dispuso también reducir la tasa de interés de pases activos de 45% a 40% de TNA. La decisión del BCRA se fundamenta en consideración del contexto de liquidez, de la baja observada en las expectativas de inflación manifestadas tanto en el REM como en los niveles implícitos en el mercado secundario de títulos, y en el afianzamiento del ancla fiscal.
- BLANQUEO. Algunas precisiones en caso de depósitos de fondos en cuentas CERA. Teniendo en cuenta la prórroga ya comentada en notas anteriores, se establecen las siguientes comentarios.
- Podrá exteriorizarse moneda realizando el depósito de la cuenta CERA hasta el 31/10/2024, aun cuando ya se hubieran realizado otros depósitos hasta el 30/09. Al respecto, quienes retiren tanto parcial como totalmente fondos a partir del 01/10/2024, no pueden regularizar montos adicionales a partir de la fecha del retiro.
- Los fondos regulados durante octubre de 2024 deberán mantenerse depositados en las cuentas especiales o afectados a los destinos e inversiones autorizadas por la norma legal hasta el 31/10/2024. A partir del 01/11/2024, si los fondos totales exteriorizados fuesen hasta la suma de U$S 100.000 podrán retirarse sin que queden sujetos a retención alguna. En cambio, cuando el monto supere esta última suma, a los efectos de evitar el pago del 5% deberán mantener esos fondos en las cuentas especiales o afectadas a los destinos e inversiones autorizados por la norma hasta el 31/12/2025.
- Se extiende hasta el 8/11/2024 inclusive la primera etapa del blanqueo, debido a problemas informáticos y administrativos desde el exterior en el pago del impuesto.
- Ya entraron al sistema 18.400 millones de dólares, superando todos los pronósticos convirtiéndose así en una suma sin precedentes en blanqueos anteriores.
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