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ARCA. IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y BIENES PERSONALES – PERCEPCION POR OPERACIONES EN MONEDA EXTRANJERA – OPERACIONES EXCLUÍDAS DE LA PERCEPCIÓN. La presente Resolución modifica el régimen previsto por la Resolución General (AFIP) 5617 disponiendo que no corresponderá practicar la percepción del 30% en los siguientes casos: a) Compra de billetes y divisas en moneda extranjera para el pago de obligaciones por la importación de las mercaderías incluidas en las posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (N.C.M.) que se indican en el Anexo I de la Resolución General (AFIP) 5617. b) La compra de billetes y divisas realizada por personas humanas y sucesiones indivisas. c) [RG ARCA 5677] El cambio de divisas efectuado por las entidades financieras por cuenta y orden del adquirente, locatario o prestatario, destinadas al pago de las prestaciones de servicios realizadas en el exterior que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y de débito a través de portales o sitios virtuales, siempre que tales portales se encuentren incorporados en el listado Anexo a la norma comentada, el que será actualizado y publicado en la web de ARCA. Cabe aclarar que esta exclusión tendrá vigencia para las operaciones de cambio que se realicen a partir del 17/04/2025.
PYMES. Parámetros. Actualización de importes y otras modificaciones. Mediante la Resolución (SSPyME) 54/2025 se actualizaron los parámetros para categorizar a las empresas a partir del 01/04/2025. Teniendo en cuenta que la categorización como Micro, Pequeña o Mediana Empresa depende de diferentes parámetros. La presente resolución actualiza el parámetro de ingresos conforme lo detallamos a continuación:
MINISTERIO DE ECONOMÍA. FIN DEL CEPO. Se eliminaron las restricciones cambiarias para personas humanas, se estableció un régimen de bandas cambiarias en el Mercado Libre de Cambios y se permitió la distribución de dividendos para accionistas del exterior. El Banco Central de la República Argentina inició la tercera fase del programa económico con flexibilización cambiaria y flotación entre bandas por medio del cual la cotización del dólar en el Mercado Libre de Cambios (MLC) podrá fluctuar dentro de una banda móvil entre $1000 y $1400, cuyos límite se ampliarán a un ritmo del 1% mensual. Por otro lado se suprimieron las restricciones cambiarias a las personas humanas, se concedió la distribución de utilidades a accionistas del exterior a partir de ejercicios financieros que comienzan en 2025 y se templaron los plazos para el pago de operaciones de comercio exterior. Régimen de flotación cambiaria entre bandas. Para alcanzar una libre competencia de monedas, el BCRA implementó un régimen de bandas cambiarias con un rango $/USD 1000 – 1400. Dentro de este sistema, el tipo de cambio fluctuará libremente en función de la oferta y la demanda y evolucionará de forma gradual y previsible en un 1% mensual. A continuación te explicamos brevemente en qué consiste esta medida cambiaria:
Piso de la banda ($1.000 – 1% mensual): cada vez que el tipo de cambio opere en el MLC en el valor inferior de la banda, el BCRA procederá a comprar dólares para defender el valor en la misma y, en el proceso, acumular reservas internacionales. La emisión de pesos resultante de las compras de divisas por parte del organismo no será esterilizada, facilitando la remonetización económica que pueda resultar de aumentos en la demanda real de dinero.
Techo de la banda ($1.400 + 1% mensual): siempre que el tipo de cambio opere en el MLC en el valor superior de la banda, el BCRA procederá a vender dólares para defender el valor en la misma y, en el proceso, eliminar pasivos monetarios. Las ventas de divisas por parte del BCRA permitirán absorber rápidamente sobrantes de liquidez que pueden resultar de reducciones en la demanda real de dinero.
Dentro de la banda: se promoverá la libre flotación del tipo de cambio entre los límites establecidos para el régimen. El BCRA podrá considerar la adquisición de USD en función de sus objetivos macroeconómicos y de acumulación de reservas internacionales (RIN), así como la transacción de dólares para morigerar volatilidad inusual. En ningún caso la intervención será esterilizada.
ARCA. Se reglamentó el uso de BOPREAL para pagar impuestos. Mediante la resolución general 5675, ARCA oficializó el procedimiento y las condiciones que deberán observar los contribuyentes y/o responsables para la cancelación de sus obligaciones impositivas y aduaneras mediante la dación en pago de los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL). Esta normativa complementa lo instaurado en el decreto 72/2023 y la resolución general (AFIP) 5469, que ya habían otorgado poder cancelatorio a las Series 1A, 1B y 1C de los BOPREAL para saldar deudas con el fisco nacional.
PEN. Combustibles. El Gobierno vuelve a postergar el aumento de impuestos. El Gobierno Nacional oficializó una nueva postergación en la aplicación de los aumentos correspondientes a los impuestos que gravan a los combustibles. En este sentido, dispuso diferir hasta el 1° de junio la entrada en vigencia de los incrementos remanentes del impuesto sobre los combustibles líquidos y del impuesto al dióxido de carbono para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil.
ARCA. Implementación del remito electrónico. Lo expuesto lo materializó a través de la RG (ARCA) 5678 publicada el 22/4/2025 vigente desde dicha fecha, modificando la RG (AFIP) 1415. Hasta hace unos días el remito era en papel, físico. Con el objetivo de incorporar la tecnología y mejorar la trazabilidad, permite la exhibición y el resguardo de los remitos en formato digital como la representación gráfica de dichos comprobantes, prescindiendo de su impresión, se habilitó el remito electrónico. Este cambio reduce el costo de papel y facilita la logística como el suministro de información, en tanto el contribuyente pueda contar con el desarrollo tecnológico que permita implementar el remito electrónico, entre ellos, que se envíe copia digitalmente, que haya un sistema de confirmación de recepción de la mercadería, que se pueda mostrar durante el traslado digitalmente y que se pueda resguardar el remito para estar a disposición del organismo fiscalizador. El remito electrónico era una demanda de muchos contribuyentes, es por ello que celebramos el cambio y la opción para la empresa que lo considere de mantener el formato papel, si bien consideramos que en un futuro no lejano se irá migrando a lo digital. Es importante indicar que los contribuyentes que opten por el remito digital deben tener los requerimientos electrónicos que permitan cumplimentar con los requerimientos de la ARCA expuestos.
EMPLEADORES – Empleadas de casas particulares – ¿Cuánto cobrarán en mayo? A pesar de la expectativa por las nuevas actualizaciones, los empleadores deben liquidar los haberes utilizando las escalas salariales correspondientes a enero de 2025. Se recuerda que, a principios de 2025 la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, fijó a través de la Resolución 1/2025, un incremento total del 2,5% devengado en un 1,3% para diciembre de 2024, tomando como base los sueldos mínimos establecidos para octubre y un aumento del 1,2% para enero de 2025 tomando como base las remuneraciones de diciembre de 2025.
INMUEBLES – COTI. Nuevos montos para informar las transferencias de inmuebles. ARCA actualizó, en su página web, los valores mínimos a partir de los cuales se debe solicitar el Código de oferta de transferencia de inmuebles (COTI). A partir del mes de abril el COTI se deberá gestionar cuando el precio consignado o la base imponible fijada para el pago de los impuestos inmobiliarios o tributos similares, o del impuesto de sellos que graven la transmisión del mismo o el valor fiscal vigente del inmueble de que se trate, resulte igual o superior a $66.833.000.
JUBILACIONES Y PENSIONES. ¿Cuál es el haber mínimo y máximo a partir de mayo? La ANSES establece los nuevos importes de las bases imponibles mínima y máxima a la seguridad social, los haberes jubilatorios y otras prestaciones previsionales, que rigen a partir del mes de mayo. Los nuevos montos son los siguientes.
Haber mínimo: $ 296.481,74;
Haber máximo: $ 1.995.041,47;
Importe de la Prestación Básica Universal (PBU): $135.626,86;
Importe de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $237.185,39;
Bases imponibles mínima $ 99.855;
Bases imponibles máxima: $ 3.245.240,49
INVERSIONES. Las acciones y los bonos argentinos no parecen encontrar una senda de crecimiento sostenible desde hace tiempo a esta parte. Se observan movimientos especulativos de corto plazo, dada las atractivas tasas en pesos. Sin ir más lejos, el plazo fijo tradicional, con TNA de 34% parece interesante con respecto a la inflación esperada y la baja en el precio de los dólares financieros de las últimas ruedas. Bonos duales, letras del tesoro, FCI de bajo riesgo, Money market son inversiones elegidas en detrimento de aquellas dolarizadas. El último golpe fue dado por ciertos incumplimientos por parte de celulosa y grupo mediterraneo, no pagando los intereses devengados y aludiendo a un problema de liquidez y no de solvencia. En el caso de GEMSA, cuyas ON más conocidas son MR39O, MR400 y MR41O se ha tomado los 30 días de gracia con que cuenta para conseguir el capital necesario, alrededor de 20 millones de dólares, para cumplir con el pago de intereses de la obligación negociable. En el caso de los inversores que tengan estos títulos y no necesiten liquidez inmediata es recomendable esperar, ya que tomar medidas en estos casos generará perder gran parte del capital. Adicionalmente y por precaución, dichas obligaciones han dejado de cotizar en los diferentes agentes. Según analistas del sector, son cosas puntuales que no deberían despertar dicho efecto en otras ON, son casos específicos en donde dichas empresas arrastraban problemas de liquidez, como lo muestra el ratio de endeudamiento 10,2x, muy por encima a la media del sector.
INDEC. La inflación del mes de abril de 2025 se ubicó en el 2.8% retomando el sendero descendente que venía desarrollando desde octubre de 2024 a febrero de 2025. Recordemos que en el mes de marzo, por efecto de productos específicos dentro de la canasta la misma fue de 3.7 puntos porcentuales, el dato más alto de los últimos 7 meses. Con estos datos la inflación interanual acumula un 47.3% y desde enero de 2025 a abril de 2025 fue de 11.6%.
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